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La justicia como estrategia climática

Los litigios climáticos son parte de las nuevas estrategias de defensa del Planeta. Su objetivo central es frenar el Calentamiento Global y sus efectos nocivos sobre el clima. Cada vez más, las Cortes están recibiendo demandas judiciales en contra de los Estados y de empresas multinacionales responsables de la producción de gases de efecto invernadero.

Redacción CAP

Una de las estrategias más novedosas, iniciada hace casi 15 años, es la legal. Grupos ciudadanos y organizaciones ecologistas se están organizando para hacer valer sus derechos ante el sistema de justicia y obligar a los Estados a cumplir con su responsabilidad de frenar el calentamiento global.

Esta estrategia jurídica se conoce como Litigio Climático y a decir de Juan G. Auz, del Centro de Derechos Fundamentales de la Hertie School de Berlín, se originó “en vista de la lentitud con que los Estados actúan para regular el cambio climático”.

Son más de 1500 casos los que se han presentado hasta la fecha en cortes de Estados Unidos, Europa, Asia y Latinoamérica, explicó Auz. Los mismos se desarrollan no únicamente en las cortes internacionales, sino también en tribunales nacionales. Y los Estados están reaccionando. 

 “Hay un litigio emblemático donde se exigió el reconocimiento de los derechos ambientales, que fue exitoso», señaló Auz. Fue el caso Massachusetts. “A partir del mismo, muchos casos similares fueron presentados” con el fin de que los Estados tomen medidas más ambiciosas para regular los gases de efecto invernadero.

Muchos litigios están a cargo de personas individuales o de comunidades a las que se les han vulnerado sus derechos más fundamentales a raíz del cambio en el clima. También algunas organizaciones no gubernamentales forman parte de esta lucha, que empieza a marcar jurisprudencia a nivel internacional. 

 “Hoy en día, los pueblos y comunidades indígenas son víctimas de violaciones a sus Derechos Humanos. Si a esto le añadimos un clima que no les permita realizar actividades de trabajo y sustento, y que además daña su salud, su situación de vulnerabilidad se acrecentará. Y es lo que se busca cambiar a través de las cortes”, señaló Auz.

Sin embargo, no todos los casos de litigio climático que se presentan buscan proteger al Planeta. Hay compañías que obtienen ganancias millonarias que están luchando en defensa de sus intereses. Sobre  todo empresas multinacionales del sector extractivo y del carbono, que son las que tienen mayor responsabilidad en la emisión de CO2. 

 Los casos “proactivos”, como dijo el abogado Juan Auz, son aquellos que buscan proteger el Planeta. Mientras que los “reactivos”, son promovidos por las empresas, y están relacionados al arbitraje y las inversiones.

El clima como Derecho Humano

 En esencia, cada vez más este tipo de casos tienen argumentos que se centran en el respeto a los Derechos Humanos. 

 Auz lo explicó así: “Cada vez más los Derechos Humanos están incorporándose como los argumentos novedosos en los litigios climáticos. Las demandas asociadas a la protección de los derechos son cada vez más audaces. Se están abordando los daños presentes y futuros a la propiedad y también los daños que puede ocurrir fuera de las fronteras de los propios países”, indicó el jurista de nacionalidad ecuatoriana a las y los periodistas participantes en el CAP.

 Auz explicó que uno de los grandes problemas para la lucha legal climática es que la teoría del Derecho nunca tomó en cuenta al Planeta -o a la naturaleza- como un sujeto o un ente activo dentro de los marcos legales nacionales e internacionales. Y mucho menos, se pensó en un enfoque de Derechos Humanos, señaló.

 “En los litigios por la defensa de derechos uno de los argumentos esenciales es que el cambio climático y las medidas para responder a él pueden incidir en el goce de los derechos humanos. Por lo tanto, los Estados deben tomar acciones preventivas o correctivas para reparar el daño”, indicó el experto.

 ¿Y por qué obligar a los Estados? ¿Qué tipo de incidencia se puede tener jurídicamente? Auz dijo que son los Estados los que tienen la obligación de regular el comportamiento de las corporaciones, como las grandes compañías petroleras o mineras.

Además explicó que hay estándares que delinean internacionalmente las obligaciones que tienen los Estados. Por ejemplo, una vasta cantidad de resoluciones del Consejo de Derechos Humanos de la ONU, los estándares internacionales de Derechos Humanos y las recomendaciones de Relatores Especiales en el contexto del Cambio Climático. “Varios litigios climáticos se han fundamentado en estos estándares”, señaló.

No obstante, las compañías argumentan, en general, que las regulaciones a un sector específico son una afrenta al derecho de la propiedad, al derecho al lucro y al derecho de los inversionistas, dijo el abogado.

Los jueces, sin embargo, están emitiendo sus fallos basados en convenios internacionales y, fundamentalmente, en la Ciencia que se ha convertido en una herramienta importante para respaldar los casos y las resoluciones ante las violaciones climáticas y de derechos humanos.

Ilustración: B&J

Casos Emblemáticos

 Auz hizo un recorrido por los casos jurídicos más importantes que se han llevado hasta el momento. O al menos aquellos que presentan un cambio fundamental en la forma en que la Justicia puede abordar el cambio climático.

 Urgenda vs. Países Bajos es un caso donde se argumenta que al no reducirse los niveles de gases de efecto invernadero los porcentajes están afectando el cuidado y el disfrute de los derechos humanos comprendidos en la Convención Europea, como el derecho a la vida privada y familiar.

 En 2015 y en 2018 los tribunales que conocieron este caso confirmaron las reclamaciones de los demandantes. Se tomó en cuenta para las resoluciones tanto los informes del Panel Intergubernamental del Cambio Climático (IPCC) como los estándares de Derechos Humanos.

 Otro caso abordado por el especialista fue el de Carvalho vs. El Parlamento Europeo. Este es un litigio sistémico que busca atacar a partir de una acción legal tres directrices de la Unión Europea sobre Cambio Climático. Este caso se presentó ante el Tribunal Europeo por 37 peticionarios, entre los que se contaban ciudadanos de países como Kenia y las islas Fidgi, quienes argumentaron que los Estados de la Unión Europea tienen obligaciones extraterritoriales porque el aumento de la temperatura que se produce en sus países afecta a otras regiones del Planeta.

 En Filipinas, en una corte local, varias organizaciones no gubernamentales presentaron una solicitud de investigación tras los devastadores daños de un ciclón que dejaron a miles de personas sin comida, sin agua y sin sustento. Este caso, a decir de Juan Auz, es importante porque plantea enfoques de reclamo de Derechos a raíz de un desastre provocado por la negligencia del Estado.

 Otro litigio climático emblemático es el de un grupo de niños, niñas y jóvenes contra 33 miembros del Consejo Europeo.  El caso se presentó ante el Tribunal Europeo por el impacto profundo, continuo y cada vez mayor del cambio climático sobre sus vidas. Los peticionarios argumentaron que su vida se impactará para siempre por el Cambio Climático. Este litigio está aún pendiente de resolverse en definitiva.

Imagen: Adobe Stock

El futuro del clima

 Uno de los aspectos más importantes de la lucha por el Planeta es el futuro. El mundo que se le heredará a las nuevas generaciones. Esto es uno de los pilares para entender los argumentos que se presentan en los litigios climáticos. 

 En las cortes se está pidiendo detener el calentamiento global porque el mismo no solamente impacta a la actual población mundial sino a las generaciones futuras. “Si la temperatura se eleva más allá de los 2 grados centígrados, lo que se verá son efectos apocalípticos”, explicó Juan Auz.

 Este elemento del futuro ambiental tiene que ver con la forma en que ha cambiado el clima. Jurídicamente se puede solicitar una prevención, porque ya entendemos los efectos y los daños que causa el cambio climático. La pregunta es si también se puede buscar una precaución, donde legalmente aún existe duda sobre cómo reparar los agravios. 

 “En el marco internacional de los Derechos Humanos, la reparación es un derecho en sí mismo. Tiene una función de retribución para las víctimas pero también de disuasión para los responsables, explicó Auz. 

Por eso, dijo el experto, es necesario individualizar a los perpetradores”.

 Las cortes de justicia se convierten entonces en una especie de último bastión para la defensa del clima. Se trata de que los Estados cumplan con sus responsabilidades. De que las empresas multinacionales tengan mejores regulaciones y no emitan gases de efecto invernadero que pongan en peligro la vida y la naturaleza.

 La Justicia climática es una herramienta para detener el calentamiento global. Una defensa para que el Planeta todavía tenga una oportunidad, dijo Juan Auz para terminar su presentación ante las y los periodistas que participan en el Ciclo CAP.

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